Para Fly Media DRONE este es nuestro lema:
SEGURIDAD y EFICIENCIA
Disponemos de pilotos titulados y certificados para llevar a cabo las tareas a realizar. Tanto en categoría abierta A1,A2,A3 como en Específica STS-ES-01 y STS-ES-02.
Nueva normativa Europea de Drones.
Realizar vuelos con drones en España es una actividad que se encuentra regulada bajo la normativa de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) y la Agencia Europea de Seguridad Aérea (EASA). Ambas entidades son las encargadas de preservar la seguridad del espacio aéreo en todo el territorio nacional y europeo. La normativa que continúa vigente en 2022 es el Reglamento de Ejecución (UE) 2019/947, en el que se incluyen las últimas modificaciones del 14 de marzo de 2022.A partir del 31 de diciembre de 2020 es de aplicación la normativa europea de UAS. Esta norma afecta a todos los drones independientemente de su uso o tamaño. En este apartado se recopila la normativa de aplicación y preguntas frecuentes sobre esta. Puedes encontrar información más detallada sobre aspectos concretos en los diferentes apartados de la web dentro del “ámbito drones”.
ENLACE NOTA INFORMATIVA:
https://www.seguridadaerea.gob.es/sites/default/files/nota_informativa_normativa_europea_uas.pdf
- Reglamento de Ejecución (UE) 2019/947 consolidado que incluye los cambios del Reglamento de Ejecución (UE) 2020/639 y Reglamento de Ejecución (UE) 2020/746.
- Reglamento Delegado (UE) 2019/945 consolidado que incluye los cambios del Reglamento Delegado (UE) 2020/1058.
CONOCIMIENTOS que nos ayudan a realizar nuestros trabajos con seguridad y eficiencia
Con la entrada en vigor del Real Decreto 1036/2017 de 15 de Diciembre, y en virtud del artículo 5 letra l). es necesario disponer de un título que acredite los conocimientos necesarios para realizar operaciones aéreas especializadas en espacio aéreo controlado.
ENLACE a: AESA - Requerimientos para la Acreditación del titulo de radiofonista para RPAS
HERRAMIENTAS que nos ayudan a realizar nuestros trabajos con seguridad y eficiencia
Con la entrada en vigor del Real Decreto 1036/2017 de 15 de Diciembre, y en virtud del artículo 5 letra l). es necesario disponer de un título que acredite los conocimientos necesarios para realizar operaciones aéreas especializadas en espacio aéreo controlado.
ENLACE a: AESA - Requerimientos para la Acreditación del titulo de radiofonista para RPAS
Para volar drones en España conviene tener en cuenta que existen tres clasificaciones en función del riesgo de peligrosidad que tenga el vuelo: categoría “abierta”, “específica” ,y “certificada”.
Volar drones en España, ya sea para uso recreativo o profesional, requiere de una serie de requisitos que, en términos generales, comprenden:
Las aeronaves no tripuladas de menos de 250 g calificadas como juguetes no requieren de ninguna licencia para volar, solamente es necesario que el piloto conozca el libro de instrucciones del fabricante, según la normativa vigente desde el 31 de diciembre de 2021.
Vuelos en categoría abierta (A1,A2,A3)
Sin embargo, conviene tener en cuenta que aquellos drones que contienen cámara fotográfica o cualquier tipo de sensor con capacidad para captar datos personales salvo que sea conforme la Directiva 2009/48/CE (“Directiva de juguetes”), sí requiere la habilitación de piloto profesional de drones A1/A3 y de necesidad de registrarse como operador.
Para poder realizar vuelos en categoría específica es necesario contar previamente con el Curso básico de piloto de drones A1/A3.
Para volar drones en categoría específica, es decir, aquellos escenarios STS-ES-01 (con vuelos con alcance visual) y STS-ES-02 (incluye vuelos fuera del alcance visual, es necesario superar el Curso oficial piloto profesional de drones. Esta formación consta de una parte teórica, que se realiza enteramente online, y otra práctica con maniobras específicas en un campo de vuelo real.
Para la realización de vuelos en entornos urbanos es necesario solicitar el permiso de vuelo en el Ministerio de Interior con una antelación mínima de 10 días y realizar el correspondiente pago de tasas por rodajes en los ayuntamientos, siempre y cuando se realice una ocupación de la vía pública, como su acotamiento. Además, hay que consultar y solicitar los permisos establecidos en Enaire Drones y en la guía de zonificación publicada por AESA.
Los drones de menos de 250 g pueden volar en zonas urbanas a una altura inferior a 20 metros sin necesidad de autorización. El vuelo es considerado como recreativo siempre y cuando el dron no tenga cámara fotográfica ni sensor de captación de imágenes.
Los vuelos nocturnos profesionales con drones pueden realizarse en España siempre y cuando cumplan los siguientes requisitos:
Para volar con drones en cualquier punto del territorio español es importante tener en cuenta las restricciones de Enaire, el principal proveedor de servicios de navegación aérea y de información aeronáutica en España, dependiente del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana. Enaire gestiona el tráfico aéreo de todo el territorio y cuenta con una web completa en la que se informa de todas las restricciones aéreas de manera actualizada. Se trata de un instrumento muy útil en el que informa de las necesidades de autorizaciones adicionales para volar, así como la indicación de las zonas restringidas al vuelo de drones.